Violación al Derecho de Apelación:
La
nueva
Constitución
del
Ecuador,
dictada
por
la
Asamblea
de
Montecristi
bajo
el
auspicio
del
régimen
Correa
y
posteriormente
aprobada
en
consulta
popular,
incorpora
en
su
Artículo
76.7.m el
derecho
de
apelación
o
doble
instancia
sobre
toda
resolución
judicial
en
que
se
afecten
los
derechos
fundamentales
de
las
personas,
y
no
solamente
sobre
sentencias.
En
por
lo
menos
tres
ocasiones
la
Corte
ha
negado
el
derecho
de
apelación
sobre
resoluciones
que
afectan
derechos
fundamentales
de
los
hermanos
Isaías,
alegando
que
no
son
fallos
finales,
lo
cual
es
un
desconocimiento
deliberado
del
nuevo
corte
garantista
de
la
Constitución
vigente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario