Indefensión por falta de información y violación al principio de congruencia entre la acusación fiscal y la decisión judicial:
De acuerdo a la vista fiscal el ministerio público no acusaba por
peculado bancario a los hermanos Roberto Isaías y William Isaías, ni a ningún otro
ciudadano, en la contestación a la vista fiscal ellos no presentaron
una defensa respecto de ese cargo. Sin embargo, el Presidente de la
Corte Suprema de Justicia, juez de la causa, dictó un auto de
llamamiento a juicio plenario por peculado, provocando indefensión.
Ese
mismo hecho de haber rebasado la acusación de la Fiscal General del
Estado, empeorando la situación de los procesados, evidencia la
falta de imparcialidad en la que jamás debe incurrir un juez, a más
de constituir una violación al principio de congruencia entre
acusación y fallo.
Al momento de dictarse el auto de llamamiento a
juicio, hecho que ocurrió el 19 marzo 2003, en Ecuador estaba
vigente la Constitución de 1998, que estableció un nuevo sistema
procesal penal, el dispositivo o acusatorio, que sustituyó el
sistema inquisitivo que regía antes en el Ecuador.
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