Medidas cautelares pedidas por los directivos son ‘improcedentes’, sostiene el Estado.
A
través de un escrito presentado el pasado viernes por la Procuraduría
General, el Estado ecuatoriano rechazó por “improcedente” el pedido de
medidas cautelares efectuado por los directivos de EL UNIVERSO y su
exeditor de Opinión, Emilio Palacio, a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH).
El 24 de octubre anterior, los hermanos
Carlos, César y Nicolás Pérez junto con Palacio presentaron dicha
solicitud argumentando que, de ejecutarse la sentencia en su contra por
supuestas injurias calumniosas al presidente Rafael Correa, esta les
causaría un grave e irreparable daño al privarlos de la libertad y
generar la quiebra de la compañía.
Los querellados fueron condenados a tres años de cárcel y el pago de una millonaria indemnización para Correa.
En
atención a ese requerimiento, la CIDH pidió al Estado ecuatoriano que
presentara, en un plazo de diez días contados desde el 15 de noviembre
pasado, sus observaciones y entregara información referente a cinco
preguntas sobre el proceso judicial contra este Diario.
Según un
boletín de la Procuraduría, “el pedido no cumple las condiciones de
extrema gravedad, urgencia, irreparabilidad, inminencia, verosimilitud y
temporalidad necesarias para el otorgamiento de medidas cautelares”.
Según
el Estado, el pago de $ 40 millones no es señal de afectación
patrimonial definitiva." ... con respecto a la posible sanción civil, no
existe evidencia alguna –más allá de las afirmaciones de las presuntas
víctimas- de que el posible detrimento patrimonial de los solicitantes
no sea recuperable en el tiempo; o que ello implique, inminentemente, la
quiebra de la persona jurídica “EL UNIVERSO”; de manera que ésta no
resulta una presunción razonable", dice la Procuraduría.
“La
posible censura, ruina y pérdida del patrimonio de los presuntos
afectados como consecuencia de un proceso civil, así como la posible
pena de prisión por un delito tipificado en la legislación penal
ecuatoriana, no implica la existencia de un riesgo de daño sumamente
grave y que, por ello, resulte urgente adoptar una medida cautelar”,
refiere el comunicado de la Procuraduría.
El organismo estatal
advirtió que la “naturaleza subsidiaria” del Sistema Interamericano
“impide que la CIDH pueda pronunciarse en contra de procesos judiciales
que aún se ventilan en el derecho interno”, salvo que existan
presunciones de violaciones a las garantías procesales consagradas en la
Convención. Esto, afirma, no ha sido planteado por los Pérez y Palacio
en su petitorio.
“En consecuencia, el otorgamiento de las medidas
cautelares por parte de la CIDH en este caso implicaría no solo el
prejuzgamiento sobre el fondo del proceso sino una intromisión
manifiesta en la soberanía nacional, puesto que el Estado ecuatoriano
aún no ha sido notificado con una petición planteada ante el Sistema
Interamericano”, concluye la Procuraduría, la cual no respondió a las
preguntas de la Comisión.
Cinco preguntas
PLANTEADAS POR LA CIDH AL GOBIERNO
1.
Si el recurso de casación ante la Corte Nacional de Justicia es un
recurso ordinario o extraordinario. Así como también si los propuestos
beneficiarios puede ejercer algún recurso adicional para recurrir las
resoluciones señaladas.
2.
Cuáles son los criterios utilizados para la definición del monto de las
sanciones pecuniarias a cargo de los propuestos beneficiarios.
3.
Si existen otras decisiones similares, al menos en los últimos cinco
años, en las cuales las autoridades competentes hubiesen impuesto
sanciones con cuantías de hasta treinta millones de dólares o mayores,
por delitos contra la honra de funcionarios públicos realizadas por
periodistas o medios de comunicación.
4. Cuáles
son los elementos utilizados para aplicar, bajo la normativa y
jurisprudencia ecuatorianas, la responsabilidad penal por una “autoría
coadyuvante” de los delitos contra la honra de funcionarios públicos.
5. Cualquier información que se considere pertinente.
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